🎓 Demanda social y libertad de enseñanza

El director de estudios del grado en Derecho, Juan José Guardia, es una de las firmas que pueden encontrarse en el número 31 de la revista oficial de la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Escuelas Libres de Cataluña (FAPEL).

Fecha: martes, 14 de enero de 2020 a las 15:15h

Demanda social y libertad de enseñanza

El director de estudios del grado en Derecho, Juan José Guardia, es una de las firmas que pueden encontrarse en el número 31 de la revista oficial de la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Escuelas Libres de Cataluña (FAPEL).

En su artículo, titulado ¿Cuál es el futuro de la educación concertada? La demanda social a debate, Guardia realiza una reflexión sobre la situación actual de los conciertos educativos en España, su fundamento jurídico y la eficacia del concepto ‘demanda social’ para defenderlos a través de la vía judicial.

Como explica Guardia, la inclusión del concepto ‘demanda social’, recogido por primera vez en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza (LOMCE), proporciona una vía para defender a la escuela concertada de eventuales arbitrariedades de la planificación administrativa en materia de centros de enseñanza.

Y es que el artículo 109 de la ley, al mencionar la ‘demanda social’ como uno de los aspectos que hay que valorar en la planificación de la oferta de plazas educativas, insta a la administración a tener en cuenta las preferencias de las familias. Y no sólo eso, como observa Guardia, el precepto también otorga a dichas familias la capacidad de “impugnar ante los tribunales una planificación que eluda arbitrariamente demanda social verificada”. Como señala este jurista, con el artículo 109 de la LOMCE en la mano “los ciudadanos pueden ahora invocar ante los tribunales la ‘demanda social’ para controlar la discrecionalidad administrativa”.

Un logro que hay que defender

Por estos motivos, la inclusión de la ‘demanda social’ en nuestra legislación educativa constituye un “pequeño logro que vale la pena defender”. En este sentido, Guardia invoca “la tutela real de la libertad de enseñanza”.

Expone el autor en su artículo que éste fue el camino que en su día transitó la escuela no gubernamental francesa y argumenta que podría ser un recurso útil para compensar la inercia de los últimos 35 años, en los que, generalmente, ha prevalecido la planificación educativa pública.

Según afirma Guardia, “a nadie se le escapa que la educación concertada está amenazada por diferentes frentes: el reto demográfico, la infrafinanciación perenne y la defensa del carácter propio frente a colectivos y poderes públicos”.

El autor, profesor de Derecho Administrativo, considera, y así lo manifiesta en el artículo de la revista de FAPEL, que, si bien durante un siglo la expansión de la enseñanza estatal fue una política acertada, “hoy es necesario reconocer los límites de las políticas monopolistas en la enseñanza”.

 

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